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Venta de droga: dos olavarrienses fueron condenados a seis años de prisión

Habían sido arrestados en 2019 en el barrio Provincias Unidas. La condena fue impuesta por el Tribunal Oral 2 de Azul tras un juicio abreviado.


Respectivas penas de seis años de prisión y el pago de una multa les fueron impuestas a dos jóvenes de Olavarría que, tras la tramitación de un juicio abreviado, resultaron condenados por una infracción a la Ley 23.737.

 

La información fue dada a conocer por diario El Tiempo de Azul que hizo público el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal número 2 de Azul.

 

Las condenas recayeron sobre Juan Ernesto Ricavarra, quien actualmente tiene 25 años de edad, y Lucas Alexis Vivas de 29 años.

 

Teniendo en cuenta los elementos reunidos en lo que había sido la Investigación Penal Preparatoria, en el juicio abreviado los jóvenes fueron declarados “coautores penalmente responsables del delito de Tenencia Ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización en dosis fraccionadas destinadas al consumidor agravado por su lugar de comisión”, según se refiere textualmente en el fallo.

 

En el juicio actuaron el fiscal Lucas Moyano, de la UFI 22 con asiento en Azul y de la 19 con sede en Olavarría, y la defensora oficial azuleña Soledad Kelly.

 

Ricavarra y Vivas quedaron detenidos tras el allanamiento realizado en 2019 que inició el proceso judicial y actualmente están alojados en la Unidad 38 de Sierra Chica.

 

Allanamiento y aprehensiones

 

De acuerdo con lo señalado en esta resolución, un procedimiento que personal policial de la delegación antinarcóticos con sede en Azul llevó a cabo el 24 de octubre de 2019 en un inmueble situado sobre Azopardo casi Santa Cruz de Olavarría, en el barrio Provincia Unidas, había derivado en los arrestos de los jóvenes condenados en este proceso abreviado.

 

En la casa convertida en escenario de este procedimiento ambos jóvenes encausados -se menciona textualmente en el fallo- “detentaron bajo su guarda y disposición con fines de comercialización directamente al consumidor” dos trozos compactos de marihuana que, en total, pesaron poco más de 98 gramos.

 

Esa vivienda donde en aquel entonces se domiciliaban Ricavarra y Vivas está ubicada en cercanías a la Sociedad de Fomento Provincias Unidas, entidad donde funciona un comedor y se desarrollan diferentes actividades deportivas y de apoyo escolar a niños y adolescentes.

 

Además de esos trozos compactos de marihuana, durante el allanamiento que se tradujo en las aprehensiones de ambos jóvenes personal policial incautó dinero en efectivo y “elementos aptos” para llevar a cabo la comercialización de estupefacientes bajo la modalidad conocida como “narcomenudeo”, tratándose de siete teléfonos celulares, una balanza de precisión electrónica, recortes de nylon y bandas elásticas.

 

Tareas de vigilancia y observación realizadas en el domicilio donde después serían arrestados los ahora condenados en este proceso abreviado habían servido como evidencias para demostrar que era habitual que en las inmediaciones de ese inmueble se observaran situaciones compatibles con la venta de drogas al menudeo, a través -por ejemplo- de los llamados “pases de manos” entre los encausados y consumidores de estupefacientes.

 

Además, había sido posible determinar que en esa vivienda se domiciliaban los jóvenes condenados en este juicio.

 

“Con los elementos de convicción referidos, analizados en forma armónica e integral, concluyo que Juan Ernesto Ricavarra y Lucas Alexis Vivas resultan ser autores penalmente responsables del hecho referido”, escribió en la resolución de este proceso Javier Barda, uno de los actuales jueces del Tribunal Oral en lo Criminal número 2 que terminara condenando a ambos olavarrienses por esta infracción a la Ley 23.737.

 

Teniendo en cuenta lo convenido por las partes -en la previa a que desde la Acusación fuera formulado ante el TOC 2 el pedido para la realización de este juicio abreviado- ese magistrado valoró sólo una circunstancia, y de tipo atenuante, para los jóvenes a los que terminó condenando en esta instancia: que ninguno de ellos registraba hasta el momento antecedentes penales.

 

Los montos de pena impuestos a los encausados fueron los mismos que las partes acordaron, en la previa a que se hiciera el pedido para la realización de este juicio abreviado.

 

Fuente: Diario El Tiempo de Azul